lunes, 8 de diciembre de 2014





Algunas noticias, artículos e investigaciones relacionados con el tema de esta semana
 

Noticias

 Melipilla fue escenario de una nueva detención ciudadana

En Cooperativa.cl,  08/12/2014.

La ciudad de Melipilla fue escenario de una nueva detención ciudadana. El presunto delincuente fue amarrado de los pies con un cinturón e insultó abundantemente a quienes lo capturaron. Éstos se cuidaron de evitar golpearlo en exceso a la espera de Carabineros, cuyo arribo al lugar fue recibido con aplausos y bocinazos. (Video: Christian González / YouTube) http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/policial/melipilla-fue-escenario-de-una-nueva-detencion-ciudadana/2014-12-08/082656.html

 Psicólogo por inédito arresto ciudadano: Tomar la justicia por nuestras manos es bastante peligroso
Bio Bio. Jueves 27 noviembre 2014 | 18:31  · Actualizado: 10:06

Como una forma de tomar la justicia por sus propias manos, un grupo de transeúntes golpeó, desnudó y amarró a un hombre que fue sorprendido asaltando a un adulto mayor en pleno centro de Santiago.
Problemas con el metro, el Transantiago y los constantes robos en la capital, son algunas de las cosas con las que deben lidiar los santiaguinos día a día. Esto último se ha convertido en una gran pesadilla para los transeúntes, quienes muchas veces han debido tomar la justicia por sus propias manos y han golpeado a delincuentes que han intentando llevar a cabo un robo.

Ese fue justamente el caso de un joven que este miércoles, en la intersección de Agustinas con Banderas, fue increpado y golpeado por la gente que minutos antes vio como intentó asaltar con un arma blanca a un adulto mayor, según consigna el portal de noticias Página 7.

Tal fue la rabia de los transeúntes, que no dudaron en desnudar al adolescente, golpearlo y amarrarlo con papel alusa contra un pilar en pleno centro de Santiago…Para seguir leyendo pinche este link:
http://www.biobiochile.cl/2014/11/27/psicologo-por-inedito-arresto-ciudadano-tomar-la-justicia-por-nuestras-manos-es-bastante-peligroso.shtml


¿Justicia ciudadana o abuso público?
Por María José Jarpa y Sebastián Labrín. La Tercera.cl

La tradicional esquina de calle Bandera con Agustinas, en pleno centro de Santiago, se transformó en el escenario de una inusual historia protagonizada por oficinistas, trabajadores y transeúntes. También por un supuesto delincuente, de quien el sistema judicial -y la propia policía- nunca tuvo registros. Hasta el miércoles.
El reloj marca las 18.30 y J.A.V.P. (16), el presunto ladrón que habría atacado a un adulto mayor con un cuchillo, permanece inmóvil frente a una señalética municipal. A su alrededor, un grupo lo observa, ríe, aplaude, lo graba y lo fotografía, mientras dos trabajadores lo envuelven en plástico para evitar que huya…Para seguir leyendo pinche este link:
http://diario.latercera.com/2014/11/28/01/contenido/pais/31-178443-9-justicia-ciudadana-o-abuso-publico.shtml


Unicef ante detención ciudadana: Joven sufrió tratos inhumanos
Publicado: Viernes 28 de noviembre de 2014. En Cooperativa.cl 

El abogado del Área de Protección de Unicef Chile, Anuar Quesille, cuestionó la denominada "detención ciudadana" que sufrió un adolescente en el centro de Santiago, quien luego de intentar asaltar a un anciano quedó semidesnudo y fue amarrado con film plástico a un poste.
En conversación con Lo que Queda del Día, el abogado que el Estado es el único que puede privar el derecho a la libertad de las personas y calificó como "inhumano" el trato al que fue sometido el joven.

"Hay una cuestión de derechos fundamentales: cuando una persona comete un delito, el derecho que se priva por la comisión del delito es el derecho a la libertad y ese deber de respetar el derecho a la libertad o de juzgar el derecho a la libertad solamente lo puede hacer el Estado mediante la Justicia…Para seguir leyendo pinche este link:
http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/policial/unicef-ante-detencion-ciudadana-joven-sufrio-tratos-inhumanos/2014-11-28/194800.HTML


 INDH condenó arresto ciudadano en el centro de Santiago
Terra Chile, 28 de noviembre de 2014.

El  Instituto Nacional de Derechos Humanos condenó la detención ciudadana de la que fue víctima un menor de edad, que permaneció cerca de 20 minutos semidesnudo, envuelto con papel alusa y atado a un poste en el centro de Santiago.A juicio del organismo, esta situación revela que aún falta mucho en materia de respeto por los derechos de las personas, por lo que resaltaron que es la justicia la que debe operar en estos casos.

Rodrigo Bustos, jefe de la Unidad Jurídica Judicial del INDH, explicó a Cooperativa que "tenemos una cultura que en muchos casos muestra señales muy fuertes y preocupantes de violencia y, sin duda, es relevante tomar medidas por parte de todos los órganos del Estado para avanzar en una cultura de respeto"…Para seguir leyendo pinche este link:
http://noticias.terra.cl/chile/indh-condeno-arresto-ciudadano-en-el-centro-de-santiago,f8804243886f9410VgnCLD200000b2bf46d0RCRD.html

 

Artículos e investigaciones 


Detención en caso de flagrancia.

Artículo 129. Código Procesal Penal

Código Procesal Penal Artículo 129 Chile

Detención en caso de flagrancia. Cualquier persona podrá detener a quien sorprendiere en delito flagrante, debiendo entregar inmediatamente al aprehendido a la policía, al ministerio público o a la autoridad judicial más próxima.
 Los agentes policiales estarán obligados a detener a quienes sorprendieren in fraganti en la comisión de un delito.

 No obstará a la detención la circunstancia de que la persecución penal requiriere instancia particular previa, si el delito flagrante fuere de aquellos previstos y sancionados en los artículos 361 a 366 quater del Código Penal …Para seguir leyendo pinche este link:

 
Arresto Ciudadano: ¿Una solución o un problema más de inseguridad ciudadana?
Por Más Comunidad Más Prevención en Opinión
Por General PNP (r) Enrique Yépez Dávalos

En el nuevo Código de Procedimientos Penales que el año 2007 entró en vigencia en el Perú, específicamente en los Distritos Judiciales de Huaral y La Libertad y se implementará en el Distrito Judicial de Lima Metropolitana, establece en su artículo 260, que toda persona está facultada para aprehender a los autores de delitos flagrantes y ponerlos a disposición inmediata de la autoridad policial para la investigación pertinente.
Esta polémica medida traerá consecuencias en su aplicación por tratarse de una norma de aplicación cotidiana. En este sentido cada uno de nosotros tiene una opinión fundamentada al respecto, por tanto, sin tratar de influir ni mucho menos condicionar sus puntos de vista al respecto, permítanme exponer las mías, señalando previamente algunos criterios a favor y en contra de este importante tema…Para seguir leyendo pinche este link:

 
Arresto ciudadano: ¿Cuál es la "justicia por mano propia" legal?
Frente a la moda de los linchamientos, un instituto legal permite a cualquier ciudadano actuar frente a un delito. ¿Cuáles son los alcances? ¿Qué se puede hacer y qué no? Hablan los penalistas.

Arresto ciudadano: ¿Cuál es la justicia por mano propia legal?

Por Federico Croce@federicocroce
17 de Abril de 2014

La mal llamada “moda de los linchamientos”, que se esparce por el país y que transparenta una actitud de venganza, hartazgo y furia que preocupa hace que una pregunta surja ante el caos: ¿Qué es lo que puede hacer un ciudadano al encontrarse frente a la perpetración de un delito, o si es testigo de un hecho de violencia contra otro?
El llamado “arresto civil”, en realidad más técnicamente llamado “arresto ciudadano”, es un instituto que está legislado y constituye una facultad de los particulares en orden a colaborar con la administración de justicia en la aprehensión de quien ha sido sorprendido en la realización de un hecho punible.
Puede ser efectivizado por la propia víctima, un testigo de los hechos o cualquier ciudadano, pero exige la existencia de flagrancia delictiva. Se lo entiende como un deber complementario y de colaboración con la justicia… Para seguir leyendo pinche este link:

 
 ¿Qué es el Arresto Civil?
Febrero 7, 2010

El llamado “arresto civil” , en realidad más técnicamente llamado “arresto ciudadano” se realiza cuando un ciudadano detiene a un delincuente en caso de flagrancia, poniéndolo de inmediato en manos de autoridad policial.-
El arresto ciudadano constituye una facultad de los particulares en orden a colaborar con la administración de justicia en la aprehensión de quien ha sido sorprendido en la realización de un hecho punible.-

Puede ser efectivizado por la propia víctima, un testigo de los hechos o cualquier ciudadano, pero exige la existencia de flagrancia delictiva y en ausencia de agentes policiales y solo debe durar el tiempo necesario para poner al delincuente a disposición de la policía y no permite el uso excesivo de la fuerza.-Se lo entiende como un deber complementario y de colaboración con la justicia


Arresto ciudadano rige en Chile desde 1823
En Sigweb, el portal de los expertos en prevención de riesgos de chile

La norma que Perú aprobó el jueves para instaurar desde el 1 de julio el “arresto ciudadano” en todos su territorio - hoy sólo rige en las provincias de Huaura, La Libertad, Tacna, Moquegua y Arequipa – es una figura que fue establecida expresamente y para todo Chile por la Constitución Política de 1823, en tiempos del Director Supremo Ramón Freire Serrano.
En efecto, el artículo 141 de esa Carta Fundamental sostiene que “todo delincuente in fraganti puede ser arrestado sin decreto y por cualquier persona para el único objeto de conducirlo al juez competente”.
La misma figura está contemplada hoy en el artículo 129 del Código Procesal Penal, que en lugar de arresto, eso sí, habla de detención… Para seguir leyendo pinche este link:

 
Análisis Comparado de la Situación De Flagrancia

Revista de Derecho, Vol. XII, diciembre 2001, pp. 137-149
Estudios e Investigaciones

Montserrat de Hoyos Sancho. Profesora de Derecho Procesal Universidad de Valladolid

En el presente trabajo se analiza el concepto procesal de flagrancia como situación fáctica que permite la limitación de derechos y libertades fundamentales. Se trata de un estudio de derecho comparado, pues se realiza considerando los ordenamientos chileno, español, alemán, italiano, francés y portugués.
 Concretamente, se pretende definir la flagrancia como circunstancia habilitante de la adopción de una medida cautelar por cualquiera, de la detención, por lo que deberán concurrir en el supuesto concreto las características o presupuestos propios de este tipo de medidas: fumus commisi delicti, periculum libertatis y proporcionalidad.

 La apariencia delictiva, el título de imputación, lo constituye en estos casos el sorprendimiento en flagrancia, es decir, la percepción sensorial directa de la comisión del delito por un tercero, existiendo además inmediatez temporal y personal. El peligro o necesidad de intervención se traduce en impedir que prosiga la lesión del bien jurídico y en aquellas circunstancias que en el caso concreto fundamenten racionalmente la presunción de que el imputado tratará de sustraerse a la justicia. Por último, la medida cautelar que se adopte deberá ser respetuosa con el principio o pauta de proporcionalidad, es decir, apta para alcanzar el fin constitucionalmente previsto, necesaria, la menos gravosa de todas las adecuadas, y estar en una relación razonable con las ventajas que se derivan de la consecución del fin deseado… Para seguir leyendo pinche este link:

 
La violación al debido proceso en la detención o aprehensión realizada por particulares a un sospechoso de un delito de acción pública
Nicolás Burneo Arias y Mauricio Xavier Hernández Yépez  
Universidad de las Américas, año 2012. Repositorio Digital UDLA. Facultad de Derecho. Ecuador. 
Trabajos de Titulación.

La humanidad, a lo largo de su historia ha procurado proteger su derecho de ser libre, sin embargo ha sido necesario para la formación de las sociedades renunciar a la libertad absoluta, imponiéndole límites mediante la ley y dar paso a la libertad relativa pero igualitaria. Es por ello que estos derechos fundamentales se han recogido en las principales normas del mundo, en nuestro caso, al ser un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, se encuentran garantizados en la Constitución. Para garantizar el efectivo cumplimiento de los derechos fundamentales dentro de los procesos judiciales, ha sido indispensable la instauración del Debido Proceso, el mismo que es una serie de derechos y garantías que protegen a todas las partes procesales y el correcto desenvolvimiento del proceso. En la detención ciudadana en delito flagrante hemos encontrado gravísimas violaciones al Debido Proceso, tanto a los derechos de información que son parte fundamental del Principio de Defensa, para lo cual, hacemos referencia a la Ley Miranda de los Estados Unidos de América, con lo que explicamos la importancia que tienen estos derechos en las legislaciones respetuosas del Debido Proceso Penal; así como violaciones a la integridad física y psíquica de los sospechosos, mediante golpes, torturas y un sinfín de injurias, lo cual consideramos una inobservancia al … Para seguir leyendo pinche este link:
http://dspace.udla.edu.ec/bitstream/33000/1160/3/UDLA-EC-TAB-2012-64.pdf


Flagrancia en la comisión de un delito
Osvaldo Javier Garrido. En monografías.com

FLAGRANCIA: (del verbo flagrar, arder) es, en Derecho penal, la forma mediante la cual se hace referencia a aquel delito que se está ejecutando actualmente o en ese preciso instante.
La distinción es por tanto una cuestión de oportunidad y tiempo, dado que se refiere al momento en el cual el delito se está cometiendo.
El concepto de flagrante tiene que ver con la inmediatez del delito. El hecho que un delito sea o no flagrante tiene importancia en dos ámbitos del derecho:
Por un lado, cuando se captura a un delincuente in flagrante delicto o infraganti (correcto sería inflagranti), la autoridad ha podido comprobar en persona cómo se estaba cometiendo, por lo que es mucho más fácil probar en un procedimiento penal la culpabilidad del acusado.

 En segundo lugar, en Derecho existen ciertas excepciones para aquellos casos en los que alguien se encuentra in flagrante delicto. Si bien en ocasiones es necesario llevar a cabo una serie de procedimientos procesales a la hora de efectuar ciertas acciones policiales, en casos de delito flagrante dichos procedimientos pueden exceptuarse, con la finalidad de evitar que el delito se consume. Ejemplos de estas excepciones son:
En ciertos países es necesario autorización judicial para entrar en una casa ajena, para proteger el derecho a la intimidad. Esta autorización muchas veces tiene la excepción de que existan sospechas fundadas de que en ese momento se esté cometiendo un delito… Para seguir leyendo pinche este link:

 
El Arresto Ciudadano
Blog de Cesar Augusto Romero Castellanos
Comentarios legales sobre la realidad peruana.20/05/09

Sobre el arresto ciudadano, veamos, cuales son las ventajas de esta figura:

 1.- Combate a la delincuencia ante la insuficiencia de efectivos policiales, de este modo frena el índice de criminalidad, mayormente crímenes de poca monta.
 2.- Es una herramienta útil en caso de serenazgo, ya que en sus intervenciones contra la delincuencia debería de estar presente un efectivo policial para validar la detención.

 3.- Posibilita que los delincuentes sean identificados, desapareciendo la cifra negra de la delincuencia, pues seria procesado.

 4.- La ley en los otros distritos judiciales donde se ha aplicado el Nuevo Código Procesal no ha tenido problemas en su aplicación, ni nadie se ha quejado del mismo.

 5.- Se podría conservar los medios o efectos del delito cometido hasta que el delincuente sea puesto a disposición de las … Para seguir leyendo pinche este link:

martes, 2 de diciembre de 2014




Noticias, artículos de opinión e investigaciones sobre el tema de esta semana
 
 
Gobierno entra al debate en proyecto por 20% de música chilena en radios

 Damaris Torres . En Cultura, DarioUdeChile on line, sábado 15 de marzo 2014 10:31 hrs.

La flamante ministra de Cultura respaldó a los músicos y calificó de "un poco agresiva" la campaña de Archi por oponerse al 20% de música local en las radios. Por su parte, la Asociación de Radiodifusores defiende su postura incluso con publicidad, donde sostiene que la música no se puede imponer, mientras Fucatel o la SCD manifiestan su apoyo a la iniciativa….
http://radio.uchile.cl/2014/03/15/gobierno-entra-al-debate-por-20-de-musica-chilena-en-radios

 

Estudio comparado de leyes de fomento de música nacional

Estudio a cargo de:
Consejo de Fomento de la Música Nacional (CNCA) -Sección Observatorio Cultural del Departamento de Estudios (CNCA), abril 2012

Ejecución: Observatorio de Políticas Culturales OPC

El texto que se presenta a continuación corresponde a la segunda entrega y final de los resultados del Estudio comparado de leyes de fomento de música nacional en el mundo encargado por el Consejo de Fomento de la Música Nacional perteneciente al CNCA. El objetivo que orientó esta investigación fue estudiar la experiencia acumulada en diversos países del mundo respecto a las políticas públicas y los marcos jurídicos destinados al fomento de las música nacionales, especialmente en lo referido a las cuotas de difusión de música nacional en los medios de comunicación, con el fin de tener referencias replicables para el contexto nacional de fomento a la música nacional.
El informe explica la metodología utilizada en el estudio y luego expone de manera sistematizada la información de los ocho países estudiados. Las fichas de cada uno de ellos contienen el detalle de las leyes de fomento a la música en general, las normativas legales específicas para el establecimiento de cuotas y los programas públicos de cada nación analizada. Además, se incluyen los documentos de políticas o planes que identifiquen los objetivos y estrategias que se plantean… Para seguir leyendo pinche aquí:
http://www.cultura.gob.cl/wp-content/uploads/2013/01/Estudio-comparado-de-leyes-de-fomento-de-musica.pdf

 
¿Obligados a escuchar 20% de música nacional?

Por Antonia Laborde en Eldefinido.cl,   17 de febrero 2014| 11:07

Para muchos, las encuestas son dudosas. "A mí nunca me han hecho una", "no me representa para nada", "no conozco a nadie a quien le hayan preguntado", son algunas de las frases que podemos haber escuchado. Pero cuando la mayoría de los sondeos dicen lo mismo, tiene que esconderse una verdad en los resultados, como el que para los chilenos la radio es el medio de comunicación más confiable y creíble. Los chilenos queremos a la radio, por algo nos ubicamos dentro de los países con mayor número de radios per cápita. Es por esto que el proyecto de ley que busca obligar a las emisoras a transmitir de música chilena, no ha dejado indiferente a nadie… Para seguir leyendo pinche aquí:
http://www.eldefinido.cl/actualidad/pais/1841/Obligados_a_escuchar_20_de_musica_nacional/

 

Mundo musical critica al Senado por rechazar que 20% de la música en la radio sea chilena

Por Marco Fajardo, El Mostrador

Con molestia recibieron artistas y críticos la noticia sobre la decisión de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado de rechazar la idea de legislar el proyecto que fija un mínimo de 20% de música chilena en radio.
La negativa de debatir el proyecto fue de los senadores Jaime Quintana (PPD), Ena Von Baer (UDI) y Carlos Cantero (ex RN). Por el contrario, los senadores Ignacio Walker y Alejandro Navarro defendieron la idea de legislar. La votación fue el pasado 22 de enero.
El presidente de la Unión Nacional de Artistas (UNA), Edgardo Bruna, lamentó… Para seguir leyendo pinche aquí:
 
La música chilena hay que fomentarla y difundirla, no imponerla.
Sitio informativo sobre Ley música Chilena. Autor: Archi
Mucho se ha hablado y comentado sobre una ley que busca imponer un 20% de música nacional a las radios de Chile. Este sitio, busca orientar e informar sobre la postura de las radios de Chile frente a esta ley, entregando información precisa que permita opinar con claridad.
Posición ARCHI
Las Radios de Chile siempre hemos apoyado a la música nacional, no sólo programándola si no que también con otras acciones como concediendo entrevistas, anunciando espectáculos, promoviendo giras musicales, entre otras.
 Nuestra posición con respecto a la actual propuesta de ley no plantea una actitud negativa hacia la música o los músicos chilenos. Por el contrario, plantea una posición sobre cuáles son los instrumentos legítimos y democráticos más adecuados para fomentar la difusión de la música nacional…Para seguir leyendo pinche aquí:
El polémico proyecto para imponer un porcentaje de música chilena en radios
Rodolfo Herranz R.
26 de junio 2010. En web de Biblioteca del Congreso Nacional.
Todos querían hablar en la sesión de sala de la Cámara de Diputados del jueves 4 de junio de 2009. Y todos para referirse al proyecto de ley que fija porcentajes mínimos de música nacional y de raíz folclórica en las radios chilenas, tanto así que no alcanzó el tiempo para votarlo: quedó pendiente la votación para el 18 del junio, cuando finalmente la iniciativa se aprobó, en general, con 62 votos a favor. El proyecto está proponiendo dos modificaciones al artículo 15 de la Ley 19.928 sobre Fomento de la Música Nacional:
Exigir que las radioemisoras emitan en su programación fonográfica diaria, al menos, una quinta parte (20%) de música nacional
Que del porcentaje anterior, al menos una cuarta parte corresponda a música de raíz folclórica y de tradición oral… Para seguir leyendo pinche aquí:
 
Fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folclórica y de tradición oral a la radio difusión chilena
Boletín N° 549124, Senado de Chile
1.    Que la Ley N° 19.928 regula el fomento de la música chilena, la Ley N° 17.336, la Propiedad Intelectual y el D. S. N° 368 del Ministerio de Justicia, de fecha 7 de abril de 1987 concede la personalidad jurídica a la Sociedad Chilena del Derecho de Autor;
2. Que en el derecho comparado existen normas que fomentan o han tendido a fomentar la difusión de las respectivas músicas nacionales, como la Ley N° 19.787 en la República Argentina; la Ley Provincial N° 1.198 de la Provincia del Chubut, en la misma nación; la Ley de Radiodifusión y Televisión del Ecuador (Decreto Supremo N° 256   A), etc.
3.   Que una serie de expresiones musicales chilenas, así como muchos artistas nacionales, han ido perdiendo vigencia debido a la falta de exposición de su obra en los medios de comunicación masiva, en particular los radiales… Para seguir leyendo pinche aquí:
Análisis de la Industria de la Música Popular en Chile
Seminario para optar al título profesional de Ingeniero Comercial, Mención Administración
Autor: Carolina Arlette Urra Schiaffino
Profesor Guía: Álvaro V. Ramírez Alujas
Una de las industrias que genera mayores beneficios a nivel internacional es la discográfica, generando ganancias de más de 1.100 millones de dólares en el 2005. Aún cuando las descargas gratuitas de música por medio de Internet aumenten de manera exponencial y la piratería se mantenga a flote con una existente pero poco practicable fiscalización, la industria de la música sigue generando gigantes beneficios financieros para su fracción más comercial, ya que no solamente corresponde a la venta y manufacturación de discos, sino también en el área de producción de eventos relacionados. La música, junto a otras formas de arte… Para seguir leyendo pinche aquí:
 
Cuota de música chilena en radios: mitos y realidades
 
Rodrigo Velasco Alessandri. El Mostrador, 6 de septiembre de 2010
La aprobación preliminar en la Cámara de Diputados de un proyecto de ley que establecería un mínimo de 20% de música nacional para las radios chilenas, ha encendido la discusión pública. Quienes se oponen a la imposición de cuotas defienden el libre mercado, la libertad empresarial y de expresión; y quienes privilegian la identidad chilensis y quieren asegurar una oferta cultural más diversa que la actual, ven en este proyecto una medida efectiva para potenciar la alicaída industria de música local.
 Los Mitos. La gran beneficiada del proyecto es la Sociedad de Derecho de Autor (SCD), que recibiría mayores pagos y haría un gran negocio. Falso. El proyecto impone una cuota mínima de música chilena, pero no altera ni los montos que pagan las radios, ni las tarifas, que no distinguen entre música chilena o extranjera, sino que se refieren al “repertorio mundial” de obras. La radio que programa cueca y paga 100, seguirá pagando 100. La que programa reggaetón y paga 150, tendría ahora que incluir al menos 20% de reaggetón “chileno”, y seguirá pagando… 150. ¿O alguien piensa que la Radio Uno –que programa únicamente música nacional- no paga derechos por sus transmisiones, o paga más caro o más barato que el resto? La SCD, por su parte, es una corporación sin fines de lucro, cuyos gastos de administración son invariables ya sea que gestione repertorio nacional o extranjero…Para seguir leyendo pinche aquí:
 

martes, 25 de noviembre de 2014




Algunos documentos y noticias para el tema de esta semana    

 México vive una impunidad total’: Human Rights Watch
Carlos Benavides

El organismo dijo que los hechos violentos de Iguala, son muestra de la degradación más profunda en la que ha caído el País en materia de justicia, violencia, DDHH, corrupción e impunidad
Santiago de Chile.- México vive la peor crisis de derechos humanos desde 1968; la desaparición de 43 estudiantes en Iguala y el hallazgo de las muchas fosas clandestinas que ha aparecido mientras se busca a los normalistas secuestrados, “son muestra de la degradación más profunda en la que ha caído México en ámbitos como la justicia, la violencia, la vigencia de los derechos humanos, la corrupción y la impunidad”, asegura el director ejecutivo para las Américas de Human Rights Watch (HRW), José Miguel Vivanco.
“La crisis que viene arrastrando México desde el sexenio de Felipe Calderón a la fecha en materia de DH es la crisis más seria que ha enfrentado el País desde los tiempos de Tlatelolco, el 2 de octubre de 1968), especialmente con la culminación de estas desapariciones de más de 40 estudiantes. Yo no conozco un hecho similar en América Latina en los últimos 30 años, y aunque en la historia de México ha habido muchos desaparecidos, de esta magnitud y en tiempo real no conozco ningún caso”, dice Vivanco en entrevista…Para seguir leyendo pinche aquí:

 Amnistía Internacional señala fallas de Gobierno en caso Iguala

CIUDAD DE MÉXICO (07/NOV/2014).- El anuncio hecho por el procurador Jesús Murillo Karam ante el posible asesinato e incineración de los 43 estudiantes de Ayotzinapa refleja las fallas del gobierno mexicano para hacer frente a la crisis de derechos humanos que se vive en el país, aseguró Amnistía Internacional.
"Trágicamente, la desaparición forzada de los estudiantes es sólo el último de una larga serie de horrores que han sucedido en el estado de Guerrero y el resto del país. La corrupción y la violencia como señales de advertencia han estado allí para que todos las vean desde hace años y los que negligentemente las han ignorado son ellos mismos cómplices de esta tragedia ", dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional…Para seguir leyendo pinche aquí:

La violencia en México y su relación con el crimen organizado

Leticia Ramírez de Alba Leal. Fundación Rafael Preciado, Documentos, Biblioteca Ciedisplan. 
Los mexicanos hemos sido testigos del aumento de la violencia en nuestro país. De hecho, algunos
han tenido que abandonar sus viviendas para trasladarse a zonas más seguras. La empresa
Parametría estimó que el número de desplazados en México ascendió a 1.65 millones de personas
en los cinco años previos al levantamiento de su encuesta en mayo de 2011.2 Lo que para
algunos es palpable en los hechos, para otros no lo es. La percepción que tienen las personas en
diferentes latitudes sobre la violencia y, por tanto, el sentido de urgencia para resolver este problema varía considerablemente. En las decisiones de política pública, que idealmente deben centrarse en aumentar el bienestar de la población en general, es muy importante mantener una
postura objetiva. Por lo anterior, es esencial revisar lo que nos dicen los datos duros disponibles
de modo que puedan diseñarse estrategias y ponerse en marcha acciones acordes con el fenómeno…Para seguir leyendo pinche aquí:

La tortura, fuera de control en México: Amnistía Internacional
En Aristegui Noticias
Las denuncias han aumentado 600% diez años; la organización pide al gobierno mexicano que tome medidas urgentes para poner fin al uso persistente y generalizado de la tortura por parte de la policía y las fuerzas armadas.
La tortura está fuera de control en México, sostiene Amnistía Internacional en un informe.
La principal prueba es que las denuncias han aumentado en un 600 por ciento en el último decenio, por lo cual la organización pide al gobierno mexicano que tome medidas urgentes para poner fin al uso persistente y generalizado de la tortura por parte de la policía y las fuerzas armadas… Para seguir leyendo pinche aquí:
México: violencia criminal y “guerra contra el narcotráfico”
Guillermo Pereyra
Universidad Nacional Autónoma de México-Instituto de Investigaciones Sociales. Revista Mexicana de Sociología 74, núm. 3 (julio-septiembre, 2012): 429-460. México, D.F. ISSN: 0188-2503/12/07403-03.
Resumen: Este artículo analiza las relaciones de poder que condicionan en México la violencia actual empleada por los grupos ilegales de la droga y la “guerra contra el narcotráfico” declarada por el gobierno de Felipe Calderón. A partir del análisis de la coexistencia de dos modalidades del poder (soberanía y gubernamentalidad), se busca entender la lógica del poder del narcotráfico y de la lucha militarizada que el gobierno lleva a cabo contra las organizaciones de la droga. Se discuten también los principales factores que contribuyeron a aumentar la violencia criminal y la violencia militar en años recientes… Para seguir leyendo pinche aquí y luego descargar articulo en pdf:
 

Violencia relacionada al narcotráfico en México.
En seguridad Nacionalhoy.com, Nov 04, 2013

El crimen organizado y la violencia en México: una perspectiva comparativa
Phil Williams
Traducción del inglés de César Albarrán Torres.
En años recientes, las organizaciones dedicadas al tráfico de drogas en México se han destacado por su violencia y brutalidad. Los ya cotidianos encabezados sobre decapitaciones, asesinatos de civiles, desintegración de cadáveres en baños de ácido y eliminación sistemática de miembros de los cuerpos policíacos y del ejército han creado casi un sentimiento de nostalgia hacia “los buenos tiempos” del narcotráfico en México, cuando la violencia era contenida gracias a acuerdos y códigos de conducta tácitos entre los traficantes, en los días en que el gobierno se mostraba permisivo en lugar de confrontacional, y la violencia se colaba a cuentagotas hacia las vidas de los ciudadanos. En contraste, la violencia durante los tiempos recientes se ha tornado tan invasiva, que muchos comentaristas han argumentado que México se encuentra a punto de convertirse en un Estado fallido… Para seguir leyendo pinche aquí:

 Los homicidios y la violencia organizada en México. ¿Un incremento real?
Por Malgorzata Polanska.
Documento electrónico publicado por FLACSO-Chile, enero 2010.
El documento describe y analiza los motivos del incremento de la violencia en distintas regiones en México. Así, se trata de responder por qué la violencia está creciendo en el país y, particularmente, en la zona fronteriza norte. Para entender el complejo fenómeno de la inseguridad en el contexto de este país hay que considerar diversos factores y dimensiones del tema., como definir la dinámica de la violencia que causa la inseguridad y comparar con la percepción subjetiva de la violencia, la que es medida principalmente mediante encuestas de opinión… Para seguir leyendo pinche aquí:




Violencia en México: enfoques desde los derechos humanos

Arriaga, L. (2011). "Violencia en México: enfoques desde los derechos humanos". En Análisis Plural, segundo semestre de 2010. Tlaquepaque, Jalisco: ITESO.

Más de la mitad de México, según la información oficial, se ha convertido en escenario de combate en el que los narcotraficantes han empleado “desde pistolas 9 milímetros hasta fusiles de asalto, granadas de fragmentación y lanzacohetes”

En 2010, los enfrentamientos paralizaron la actividad en algunas ciudades. Durante marzo y abril, vialidades importantes de Monterrey y Reynosa fueron bloqueadas en días sucesivos con vehículos de gran… Para seguir leyendo pinche aquí:




Latinoamérica entre el “narcotráfico” y la dominación
Instituto Gallego de Análisis y Documentación Internacional
La América Latina entre el narco y la dominación, se encuentra ante una nueva encrucijada imperial, tejida esta vez por los senderos del tráfico de droga ilícitas (TDI) y otros delitos conexos, que conmueven a la región, con el incremento de la violencia, la inseguridad y los efectos para la gobernabilidad y el Estado de derecho, que producen las guerras desatadas por el gobierno estadounidense, en su cruzada antidroga.
Se calcula que el tráfico ilícito de drogas a nivel internacional genera dividendos que superan los 320 0002  millones de dólares anuales. En la actualidad los EE.UU., por encima de otros actores globales, entre los que se destacan la Unión Europea (UE) y Rusia, es el principal mercado de drogas y el primer productor de armas, suministrador por excelencia a los principales carteles de la droga… Para seguir leyendo pinche aquí:

 

martes, 18 de noviembre de 2014



 

Algunos documentos y noticias para complementar el tema de esta semana


La ONU acusa a la Teletón de promover estereotipo de discapacitados como sujetos de caridad y no de derechos
Experto asegura que informe sobre cruzada en México podría replicarse en Chile
Publicado en el Mostrador, 8 de octubre de 2014

Alejandro Hernández, quien encabeza la Fundación Nacional de Discapacitados, no duda en calificar la campaña solidaria como “el negocio del siglo” y considera un "chantaje emocional" la advertencia recurrente de que si no se recauda la meta durante las "27 horas de amor" los centros de Teletón en el país, que –recalca– son privados, quedarán sin funcionar.
El Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU emitió esta semana un informe de rechazo a la Teletón en México, por “promover estereotipos de las personas con discapacidad como sujetos de caridad e impedir que se posicione el concepto de sujetos de derechos” y solicitó al gobierno de Enrique Peña Nieto que diferenciara con claridad el carácter privado de la campaña de la obligación que tiene el Estado de rehabilitar a las personas con discapacidad…Para seguir leyendo pinche el vínculo:
 

Opinión: Discapacidad, ONU dice NO + a Teletón

El Comité de expertos de la ONU llama a no donar a Teletón, señalando certeramente que la campaña utiliza a las personas con discapacidad, estereotipa y atenta contra sus derechos fundamentales.
27 de Octubre, 2014 08:10
Por Alejandro Hernández Presidente y Director Ejecutivo Fundación Nacional de Discapacitados – www.fnd.cl. Publicado en e Observatodo.cl

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, por medio de un informe entregado esta semana, rechazó la Campaña por “promover estereotipos de las personas con discapacidad como sujetos de caridad e impedir que se posicione el concepto de sujetos de derechos”. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) recomienda al gobierno de México “establecer una distinción clara entre el carácter privado de las campañas Teletón y las obligaciones que el Estado debe acometer para la rehabilitación de las personas con discapacidad”.
Recomienda al gobierno de Enrique Peña Nieto no entregar a una organización de carácter privado como Teletón los escasos recursos financieros que el Estado dedica a la rehabilitación de personas con discapacidad. Otro de los puntos importantes y que más interesaron al Comité fueron la falta de acciones específicas implementadas por el Estado para prevenir y eliminar la discriminación que enfrentan las mujeres y niños con discapacidad, y la nula…Para seguir leyendo pinche el vínculo:

Discapacidad
Publicado en wikipedia.org en español
La discapacidad es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que a largo plazo afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad. 1
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,2 aprobada por la ONU en 2006, define de manera genérica a quien posee una o más discapacidades como persona con discapacidad. En ciertos ámbitos, términos como "discapacitados", "ciegos", "sordos", etc, aún siendo correctamente empleados, pueden ser considerados despectivos o peyorativos, ya que para algunas personas dichos términos «etiquetan» a quien padece la discapacidad, lo cual interpretan como una forma de discriminación. En esos casos, para evitar conflictos de tipo semántico, es preferible usar las formas «personas con discapacidad», «personas sordas», «personas con movilidad reducida» y otros por el estilo, pero siempre anteponiendo «personas» como un prefijo, a fin de hacer énfasis en sus derechos humanos y su derecho a ser tratados con igualdad… Para seguir leyendo pinche el vínculo:

 
Porqué es correcto el término de persona con discapacidad y no el de personas con capacidades diferentes
Publicado en www.libreacesso. Org
 
El término discapacidad

La definición lingüística de discapacidad fue el resultado del consenso efectuado entre más de 70 países, que en el marco de las Naciones Unidas emitieron un dictamen que a la postre aprobó el pleno de dicho organismo en su idioma original (el inglés) el término "disabilities" en sustitución de "handicapped", y posteriormente, el término traducido al español "discapacidad" fue aceptado por la Real Academia Española de la Lengua en 1990, apareciendo vigente en el diccionario de la lengua española de la misma Real Academia.
Desde 1990, los gobiernos del orbe, y los organismos internacionales, regionales o locales, asumieron la aplicación del término "discapacidad", siendo congruentes con la importancia de buscar en dicha definición, eliminar el uso de términos lingüísticos peyorativos para identificar a la población mundial que vive una desventaja física, intelectual o sensorial. La Organización Mundial de la Salud estableció en 1980 un criterio único en “La Clasificación Internacional de Deficiencias Discapacidades y Minusvalía” (CIDDM) … Para seguir leyendo pinche el vínculo:
 

Teletón y la ausencia del Estado
Karla Moscoso. En El quinto poder, 10 de noviembre, 2014
 
Hace unos días fui a la casa de esas amigas con  las que uno se reencuentra entre tanta vuelta de la vida. Ignacio, su único hijo, tiene 9 años y una parálisis cerebral.  Ese viernes, decidimos ir caminando a comprar, y porque era una novedad para mí, empujé yo la silla de ruedas.
Recorrimos poco menos de 300 metros en pleno corazón de Las Condes. La falta de costumbre, el asumir que era igual que un coche de guagua y no considerar los 35 kilos de peso de Ignacio, hizo que al menos dos veces él, la silla y el sushi, estuviesen a punto de quedar despaturrados en el suelo. Las condiciones de las veredas, que para un peatón son normales, para quienes se desplazan en silla de rueda son penosas. Además, el lugar al que íbamos sólo tenía escaleras de acceso, por tanto debimos esperar yo y él, afuera, mientas su madre retiraba el pedido. Nada grave porque la tarde estaba agradable, pero hay que decir que éramos una pareja extraña: yo sentada en la escalera y él en su silla de ruedas, mientras dos peldaños más arriba era primavera en una terraza de viernes por la tarde.
Ignacio no va a la Teletón. En realidad ha ido, pero sólo a cosas muy puntuales. Ignacio no va a la Teletón porque  sus padres costean desde su primer día mil terapias… Para seguir leyendo pinche el vínculo:
 
La lucha por la Inclusión Laboral

Son 933 las personas con discapacidad, que trabajan para el Estado. El 86,7% se siente integrado, pero hay consenso en que se debe avanzar en integración.
Por Romanet Montoya, La Tercera.

Luz María Gallardo nació ciega. Su nervio óptico nunca sirvió. Sin embargo, eso no le quitó las ganas de capacitarse y aprender. Cuando terminó el colegio, realizó un curso de operadora telefónica y pasó por varias empresas antes de encontrar un trabajo estable, que consiguió en la Tesorería General de la República, repartición pública a la que pertenece hace 22 años.
“Trabajar acá me dio la oportunidad de tener una estabilidad económica y anímica y también criar a mi hijo”, cuenta Luz.
Así como ella, otras 993 personas que sufren discapacidad trabajan en el servicio público… Para seguir leyendo pinche el vínculo:

 
Misión y Objetivos Estratégicos Servicio Nacional de la Discapacidad

Contenido disponible en Sección Quiénes Somos, portal web SENADI

El Servicio Nacional de la Discapacidad, Senadis, fue creado por mandato de la Ley 20.422 que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, normativa publicada en el Diario Oficial el 10 de febrero de 2010.
Es un servicio público funcionalmente descentralizado y desconcentrado territorialmente, que tiene por finalidad promover la igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de las personas con discapacidad. Se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Desarrollo Social.

La misión del Servicio Nacional de la Discapacidad es velar por la igualdad de oportunidades, la inclusión social, el respeto de los derechos, la participación en el diálogo social y la accesibilidad de las personas con discapacidad y su entorno, a través de la asesoría, coordinación intersectorial y ejecución de políticas públicas.… Para seguir leyendo pinche el vínculo:

 
Los Derechos de las Personas con Discapacidad en la Legislación Comparada

Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Corea, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, España, Estados Unidos, Gran Bretaña, Guatemala, India, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Venezuela.
Javier Mujica, Luz Elena Calle

Comisión Especial de Estudio sobre Discapacidad del Congreso de la República. Fondo Editorial del Congreso del perú. Biblioteca del Congreso del Perú
La promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad  (PCDs) se encuentra directamente vinculada al tema de la discriminación que impide que las mismas puedan disfrutar y ver plenamente realizados sus derechos humanos. Es evidente, por ello, que mientras subsista tal discriminación estas personas no podrán gozar de sus derechos, y verán retaceada su posibilidad de ejercer la condición de ciudadanía que es el sustrato básico de las sociedades modernas.
 
Para corregir esta situación, la normativa internacional ha ido concretando significativos avances, en orden a consagrar y garantizar los principios universales que ordenan la protección de los derechos de las personas con discapacidad, fundamentalmente en base a los principios de no discriminación y de igualdad de trato y de oportunidades…Para seguir leyendo pinche el vínculo:
 
 
Barreras culturales para la inclusión: políticas y prácticas de Integración en Chile

Verónica López, Cristina Julio, Macarena Morales, Carolina Rojas.
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Escuela de Psicología.Valparaíso, Chile.
María Victoria Pérez.
Universidad de Concepción. Departamento de Psicología. Concepción, Chile.
Revista de Educación, 363. Enero-Abril 2014, pp. 256-281

Este estudio indagó concepciones y prácticas sobre la integración en la enseñanza obligatoria en Chile, tanto desde el diseño de la política educativa como en su traducción en prácticas locales. El diseño fue cualitativo e incluyó el análisis del discurso de la política educativa de integración escolar y un estudio empírico en tres escuelas municipales de una comuna. Se realizó un análisis pragmático del discurso de los datos. Resultados. En Chile, la política educativa tiene un carácter híbrido, pues convoca a la inclusión desde la lógica de los derechos humanos, pero prescribe un modelo de integración con un fuerte énfasis psicomédico, con diagnósticos y tratamientos pedagógicos individuales llevados a cabo por el docente especialista. La integración se presenta como un servicio profesional optativo y complementario a la educación regular mediante proyectos de integración escolar (PIE). En las prácticas discursivas locales, la política de integración se traduce como la política de los ‘niños PIE’, es decir, aquellos que participan de los PIE y, por tanto, tienen diagnóstico y reciben subvención adicional…Para seguir leyendo pinche el vínculo:

 
 
Más allá de la Teletón: La deuda del Estado en políticas de integración laboral para jóvenes con discapacidad

Por : Gina Basso Basso en Opinión. CIPERCHILE 
Publicado: 29.11.2012

A sólo días de las “24 horas de amor” para recaudar fondos para la rehabilitación de niños y jóvenes de la Fundación Teletón, Gina Basso -especialista en Educación Diferencial- plantea que existe un desafío aún mayor del cual las autoridades no se han hecho responsables: el proceso post-rehabilitación de los jóvenes. Mientras el Servicio Nacional de la Discapacidad dice no contar con ningún registro de talleres laborales para personas con discapacidad financiados por el Estado, la autora de esta columna afirma que esta problemática no se resuelve con “puro corazón”, sino que se requiere de políticas públicas y un sistema formativo laboral de continuidad que acoja a los jóvenes que egresan de la educación diferencial…Para seguir leyendo pinche el vínculo:
 

Integración Educativa de las Personas con Discapacidad en Latinoamérica

Rosalinda Romero, Paola Lauretti. La Universidad del Zulia. Maracaibo, Edo. Zulia.
SABER-ULA, Universidad de Los Andes - Merida – Venezuela

La integración es un proceso continuo y progresivo cuya finalidad es incorporar al individuo con necesidades especiales a la comunidad, y constituye uno de los fenómenos de mayor trascendencia en la educación. El objetivo fue conocer el estado del arte de la integración educativa de las personas con discapacidad en Latinoamérica. Se utilizó el método de investigación documental revisando las bases de datos y localizando 40 documentos: 14 investigaciones descriptivas, 13 fueron investigaciones de base teórica y 13 fueron incluidas en experiencias en el campo. Se vislumbró un movimiento en toda la región a favor de la integración de las personas con discapacidad, con las dificultades de orden económico que prevalecen en todos los contextos. Las experiencias en la práctica docente, a pesar de ser puntuales, representan el proceso donde la sensibilización y el acuerdo consensuado de todos los actores de la comunidad se considera eje fundamental… Para seguir leyendo pinche el vínculo:

 
Estudios Y Documentos
Informe candidatos y discapacidad en Chile - 2013: "A votar y a votar bien"

El llamado es para que analicemos las propuestas de los candidatos, especialmente en lo que dice relación a la Discapacidad. Resulta pertinente señalar que el candidato más empático es aquel que incorpore en sus propuestas tres ejes fundamentales. Primero: El compromiso real de garantizar acceso a la salud y rehabilitación por derecho, no por caridad a todas las personas con discapacidad, considerando que el 94% de los niños, jóvenes y adultos con discapacidad, no logra acceder a las ayudas técnicas y menos a un adecuado proceso de rehabilitación, impidiendo en la práctica la integración en igualdad de condiciones… Para seguir leyendo pinche el vínculo:

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